ADMINISTRADOR MUNICIPAL
Artículo 11º.– El Administrador Municipal dependerá directamente
del Alcalde, y tendrá las siguientes funciones generales de conformidad
a la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades:
1. Colaborar con el Alcalde en las tareas de coordinación
y gestión permanente de todas las unidades municipales, de acuerdo a las
instrucciones que aquél le imparta;
2. Colaborar con el Alcalde en la elaboración y seguimiento
del Plan Anual de Acción Municipal;
3. Ejercer las atribuciones que le delegue expresamente
el Alcalde, en conformidad con la Ley, y las demás funciones que se le
encomiendan en este reglamento, sin perjuicio que la delegación debe limitarse
a las funciones vinculadas a la naturaleza de su cargo.
Para el cumplimiento de sus funciones, el Administrador
Municipal podrá tener el apoyo administrativo, técnico y profesional que
le asigne el Alcalde.
Artículo 12º.– El Administrador Municipal tendrá además
las siguientes funciones específicas:
1. Coordinar la gestión presupuestaria municipal y de
los servicios traspasados.
2. Adoptar las providencias necesarias para el adecuado
cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos municipales,
que se relacionen con la gestión interna del Municipio;
3. Colaborar con las unidades (direcciones) correspondientes
en la preparación y elaboración de los instrumentos de gestión municipal
y formulación de políticas de gestión interna.
4. Realizar labores de articulación de equipos de trabajo
y participar en la elaboración de los Planes de Capacitación del Personal.
5. Coordinar las acciones para el cumplimiento de las
funciones de la estructura organizacional y los futuros cambios y ajustes
que ésta requiera.
6. Elaborar, proponer y programar en coordinación con
otras unidades (direcciones) municipales, los gastos de inversión en la
Municipalidad necesarios para la adecuada Gestión Municipal y los gastos
de operación.
7. Colaborar en la planificación y coordinación con otras unidades (direcciones)
municipales, medidas tendientes a prevenir riesgos y solucionar problemas
derivados de una situación de emergencia.
8. Cumplir con las demás funciones que la Ley o el Alcalde
le señale.
Cargo: Administrador Municipal
Nombre: Sergio Silva Morales
Grado: 5
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